Existen distintos tipos de impuestos todos de carácter
obligatorio si se realiza el hecho imponible que lo grava, un
impuesto es un tributo que se paga a las Administraciones Públicas y al Estado
para soportar los gastos públicos. Estos pagos obligatorios son exigidos tantos
a personas físicas, como a personas jurídicas.
La
colecta de impuestos es la forma que tiene el Estado (como lo conocemos hoy en
día), para financiarse y obtener recursos para realizar sus funciones.
ALGUNOS TIPOS DE IMPUESTOS
Impuestos Directos: son todos aquellos que recaen, se aplican o recaudan directamente de la persona ( natural), o ( jurídica) la empresa, como es el caso del impuesto que grava los ingresos, es decir, el impuesto de renta o el impuesto al patrimonio, es decir, por la posesión o tenencia de bienes; y depende de un determinado límite o capacidad.
Impuestos Indirectos: estos impuestos no consultan la capacidad de pago del contribuyente, se
basan en la necesidad de las personas de consumir ciertos bienes y servicios.
Los impuestos indirectos, diferente a los impuestos directos deben pagarlos
cualquier persona que compre un bien o un servicio gravado con un impuesto, sin
importar que esta persona esté o no en capacidad o condición de tributar, ya que
es el bien o servicio el que esta gravado, y si no se paga no se puede adquirir
dicho bien o servicio.
Impuesto de Renta y Complementarios: Es de carácter nacional y se considera como un solo impuesto con componentes
como patrimonio renta, ganancias ocasionales y remesas. Es un impuesto directo. Cada año se establecen topes mínimos para presentar declaración de renta y
patrimonio dependiendo del valor de UVT.
Las utilidades originadas en la liquidación de sociedades. Las ganancias
provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.
Impuesto
de Remesas: El impuesto de remesas se causa por la transferencia al exterior de rentas y
ganancias ocasionales percibidas en Colombia.
IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO (IVA): Es un impuesto de carácter nacional que grava la prestación de servicios y la
venta e importación de bienes. El IVA se constituye como impuesto al valor
agregado. Es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir, financiado por
el consumidor final. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda
transacción comercial (venta de bienes o servicios), y pagado por el comprador.
Impuesto al Consumo de Cervezas, Sifones y Refajos: El impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas de bebidas
fermentadas con bebidas no alcohólicas es un impuesto nacional cedido a los
departamentos y al Distrito Capital en proporción a su consumo en las
respectivas jurisdicciones.
El
impuesto se causa en el momento en que el productor los entrega en fábrica o en
planta para su distribución, venta o permuta en el país; o para publicidad,
promoción, donación o comisión, o los destina al auto consumo.
Impuesto al Consumo de Gasolina: El impuesto de gasolina motor fue establecido por el
artículo 84 de la Ley 14 de 1983, a favor de los Departamentos y del Distrito
Capital con una tarifa del 2 por mil sobre el precio de venta al público.
También se estableció un subsidio de gasolina motor a la tarifa del 1.8 por mil
sobre el precio de venta del galón., del cual ECOPETROL es la encargada de
girar a cada tesorería departamental y al Distrito Capital, para que se
invierta en el mejoramiento de vías y en planes de electrificación rural.
Impuesto Predial: El impuesto predial grava la propiedad o posesión de inmuebles que se
encuentran ubicados en el distrito o municipio, y debe ser declarado y pagado
una vez al año por los propietarios, poseedores o usufructuarios de los
predios, pues se causa el primero de enero de cada año, por el período
comprendido entre esa fecha y el 31 de diciembre.
Al hablar de predios se incluyen locales, lotes, parqueaderos, casas,
apartamentos, etc.
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