Existen distintos entes societarios, cada uno con características particulares en aspectos fiscales, responsabilidades de sus accionistas o socios, su forma de constitución, transformación y disolución, etc.
sociedad colectiva: En esta clase de sociedad, los socios deben responder de manera ilimitada, poniendo en riesgo su patrimonio personal.
sus principales características son:
- El capital se paga todo al momento de constituirse.
- El capital social se divide en partes de interés social.
- La administración corresponde a todos y a c/u uno de los socios, aunque se puede delegar en uno o en un 3º.
- se disuelve mediante, muerte/incapacidad en socio y no se ha previsto en estatutos la continuidad con herederos o los demás socios, la declaración de quiebra de un socio, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión a un tercero
en cuanto al número de socios, se conforma por mínimo 2, y no tiene límite máximo.
La Razón Social: nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios: Mockus “& Cia.”, Petro “y hermanos”, Pardo “e hijos”
sociedad comandita o comandita simple: Sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no,y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo.
Características:
- Capital social: no existe mínimo legal.
- Se integra con 2 categorías de socios, Gestores/Colectivos y los Comanditarios.
- no es obligatorio tener revisor fiscal
esta tipo de sociedad tiene dos clases de socios,Socios colectivos: aportan trabajo personal. También pueden aportar capital. Socios comanditarios: aportan exclusivamente capital.
Su razón social se forma con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos, acompañado de “& Cía.”, y seguida siempre con las abreviaturas “S. en C.”
Sociedad anónima: La sociedad anónima es una de las figuras más utilizadas en la constitución de empresas, y está conformada por un numero plural de socios que no puede se menor a cinco (5) socios
características:
- El capital de las sociedades anónimas se divide en acciones de igual valor y se representan por un título negociable.
- El capital de la sociedad anónima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado.
- su número de accionistas es de mínimo 5 accionistas y no tiene un límite máximo.
- Su capital social se divide en acciones. Las acciones son libremente negociables, con las excepciones previstas en el artículo 403 y 381 C.Co.
su razón social o denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o de su abreviatura "S.A.".
Sociedad comandita por acciones: La Sociedad Comanditaria por Acciones es una sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios.
Características:
- La responsabilidad de los socios colectivos es personal, solidaria e ilimitada frente a las deudas sociales. Los socios comanditarios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.
- su constitución, sera mediante escritura pública, deberán estar incluidos los estatutos de la sociedad.
- Es obligatoria su inscripción y la publicación de ésta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Razón social: Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, o bien, una denominación objetiva, añadiendo las palabras "Sociedad en Comandita por Acciones" o "S. Com. p. A."
Sociedad de responsabilidad limitada: La S.R.L. si bien tiene ciertas características en común con la anónima, difiere en ciertas cuestiones. Suelen poseer estatutos más simples que las S.A., a diferencia de estas, las de responsabilidad limitada no pueden cotizar en la bolsa.
Características:
- El capital se divide en cuotas o partes de igual valor.
- El capital debe pagarse totalmente al momento de constituirse.
- En caso de muerte de uno de un socio, continuará con sus herederos, salvo estipulación en contrario.
- La representación está en cabeza de todos los socios, salvo que éstos la deleguen en un tercero.
Número de Socios: Mínimo de socios 2, máximo 25.
La razón social de la sociedad de responsabilidad limitada debe contener la asignación „sociedad de responsabilidad limitada“, sin embargo es suficiente la abreviatura „Soc.R.L.“ o „S.R.L.“
Sociedades por Acciones Simplificadas -S.A.S.: Constitución, transformación y Disolución: A través de Documento Privado, a menos que ingrese un bien sujeto a registro, caso en el cual la constitución se debe hacer mediante Escritura Pública ante Notario.
Número de accionistas: Mínimo 1 accionista y no tiene un límite máximo.
Su capital social se divide: En acciones. Las acciones son libremente negociables, pero puede por estatutos restringirse hasta por 10 años su negociación, (por eso se dice que es un modelo ideal para sociedades de familias).
Su razón social será la denominación que definan sus accionistas pero seguido de las siglas "sociedad por acciones simplificada”; o de las letras “S.A.S.”