jueves, 26 de marzo de 2015

RECIBO DE CAJA MENOR Y EL VALE

RECIBO DE CAJA MENOR: El recibo de caja menor es un soporte de los gastos pagados en efectivo, por cuantías mínimas que no requieren el giro de un cheque, para ello se establece un fondo denominado caja menor.  La caja menor, es un fondo que se crea en las empresas para manejar pequeños desembolsos, y se asigna a una persona como responsable de su manejo.


REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE CAJA MENOR

·         La caja menor debe ser creada mediante acta legalizada por la empresa.
·         Cada caja menor debe tener un responsable
·         La cantidad del fondo debe ser lo necesaria para cubrir las necesidades.
·         Todo desembolso que se realice debe estar respaldado por su respectivo documento soporte: factura o relación, adjunto al recibo de caja menor, el cual debe estar numerado consecutivamente y contener las firmas responsables.
·         Debe tener una base mínima para reembolso.
·         Una vez revisado el reembolso, los recibos de caja menor y sus soportes deben ser anulados por el funcionario efectúa el pago
·         Los cheques girados para reembolso deben girarse a nombre del responsable del fondo.
·         El responsable del manejo del dinero debe estar respaldado por una póliza de seguros de manejo de efectivo, contratada con una compañía de seguros generales, dicho costo puede ser asumido por el empleado o la empresa.
·         La caja menor no debe destinarse para cambio de cheques a empleados
·         Para su control deben realizarse arqueos sorpresivos.

EL VALE: Es un documento de crédito que se utiliza como promesa de pago por el cual el deudor se compromete a pagar a su acreedor cierta cantidad de dinero, en el lugar y fecha que se determinan en el mismo documento.

CLASES DE VALE:
1. Vale a la orden: es cuando se emite con la expresión "a la orden", a nombre de una persona determinada y es endosable.
2. Vale nominativo: este vale es emitido a nombre de una tercera persona cuyo nombre figura en el mismo documento, por lo que no puede ser endosado sin previa autorización o notificación escrita al emisor.
3. Vale al portador: en este caso se emite con la expresión "al portador". Cuando este vale se usa en operaciones mercantiles, tiene el mismo efecto de la letra de cambio. Este tipo es el más utilizado comercialmente.


1 comentario:

  1. es un rol de pagos en efectivo por cuentas mínimas que no se requieren el giro de un cheque es un diario vivir de las personas algo muy importante para todos

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